Terminos y condiciones

TERMINOS Y CONDICIONES

La empresa contratante SKYRENTAL CAR, en adelante el Arrendador, alquila al Arrendatario, cuyos datas y firma figuran en esta contrato, el Vehículo asignado, de conformidad con las cláusulas y condiciones que se establecen y que el Arrendatario acepta y se compromete a cumplir.

SKYRENTAL CAR (de ahora en adelante denominado “Arrendador”) alquila a la/s persona/s identificada/s en el contrato como conductor/es y/o pagador/es (denominada/s de ahora en adelante “Arrendatario”) el vehículo referido en el contrato (de ahora en adelante “Vehículo”), de conformidad con las clausulas y condiciones contenidas en el presente documento, en los anexos al mismo, y en relación con la Tarifa General Vigente y con el precio pactado en el contrato de alquiler, en función de la tarifa seleccionada.

1.1 El Arrendatario se compromete a utilizar y conducir el Vehículo de acuerdo con las normas básicas de conducción y circulación, y conforme a las especificaciones de uso del tipo de Vehículo.

1.2 El Arrendatario se compromete a no utilizar el Vehículo y/o no dejar que el mismo sea utilizado en los siguientes supuestos:

  1. a)Transporte remunerado de pasajeros.
    b)Empujar o remolcar cualquier Vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no.
    c) Participar en competiciones, oficiales o no.
    d) Conducir el Vehículo bajo los efectos del alcohol o de narcóticos.
    e) Transporte de mercancías que infrinjan la ley o las disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos.
    f) Transporte de pasajeros en número superior al autorizado e indicado en la Ficha de Inspección Técnica del Vehículo.
    g) Transporte de mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en la Ficha de Inspección Técnica del Vehículo.
    h) Transporte de mercancías clasificadas como especiales o peligrosas por las vigentes Leyes de transportes.
    i) No usar ni permitir que sea usado el vehículo arrendado como medio o instrumento para la comisión de delitos, actuaciones penadas, prohibidas o simplemente sancionadas por la Ley, auxilio a delincuentes o protección, transporte y cobijo de objetos procedentes de delitos.

1.3 Sólo están autorizados a conducir el Vehículo la persona o personas identificadas y aceptadas por el Arrendador en el contrato de alquiler y/o cualquier anexo al mismo, con la condición de que hayan cumplido más de 21 años o más de 25 años, según el grupo de Vehículo indicado en la Tarifa General Vigente, y sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir válido y en vigor de, como mínimo, un año de antigüedad.

1.4 El Arrendatario se compromete a mantener el Vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en su interior los documentos del mismo.

1.5 Queda expresamente prohibido al Arrendatario ceder, hipotecar, pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía: el Vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del Vehículo y/o cualquier parte o pieza del mismo, o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al Arrendador.

1.6 En la Península se prohíbe, salvo autorización expresa del Arrendador, el traslado del Vehículo a las Islas. Cualquier infracción a las presentes condiciones autorizará al Arrendador a obligar al Arrendatario a que restituya el Vehículo inmediatamente, sin necesidad de justificación ni compensación.

1.7 Salvo autorización expresa al efecto el vehículo arrendado solo podrá circular por el ámbito autorizado.

1.8 Para salir al extranjero necesitará autorización expresa y se le facilitará el seguro de cobertura en el extranjero a cargo del Arrendatario.

1.9 El Arrendador se reserva el derecho de rescindir el contrato siempre que el Arrendatario no cumpla con lo dispuesto en el artículo 1.

1.10 El Arrendatario releva al Arrendador de toda responsabilidad por pérdidas o daños que se produzcan en objetos dejados o transportados en el Vehículo por el Arrendatario o por cualquier otra persona o en la ropa de estos, bien durante la vigencia del contrato o después de la devolución del Vehículo.

2.1 El Arrendatario reconoce que ha recibido el vehículo en buen estado de funcionamiento y limpieza, incluidos los cinco neumáticos, que en caso de deterioro por causa que no sea el desgaste normal, el Arrendatario deberá reemplazar inmediatamente, a su costa por otro u otros de idénticas características y estado de uso o satisfacer su importe. Igualmente el Arrendatario será responsable del daño que hubiera causado al vehículo.

2.2 Queda expresamente prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves del Vehículo, el equipamiento del Vehículo, las herramientas y/o accesorios del Vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior. En caso de infracción de este artículo, el Arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del Vehículo a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del vehículo.

2.3 El Arrendatario releva al Arrendador de toda responsabilidad por pérdidas o daños que se produzcan en objetos dejados o transportados en el Vehículo por el Arrendatario o por cualquier otra persona o en la ropa de estos, bien durante la vigencia del contrato o después de la devolución del Vehículo.

3.1 El precio del alquiler, así como el depósito se determinan por la Tarifa General Vigente y deberán ser abonados previamente por el Arrendatario. En ningún caso el depósito podrá servir para una prórroga del alquiler. El pago de dichos importes deberá ser realizado mediante tarjeta de crédito o en metálico. En caso de que se efectúe en metálico, el Arrendador se reserva el derecho de poder solicitar al Arrendatario una o más tarjetas de crédito en concepto de garantía.

3.2 La duración del alquiler será pactada en el contrato, y se facturará en base a períodos de veinticuatro horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. Existe un período de cortesía de 29 minutos, pasado el cual se realizará un cargo adicional de las horas que se hayan sobrepasado o bien un día a partir de las tres horas.

3.3 En caso de que el Arrendatario quisiera conservar el Vehículo por tiempo superior al convenido en el contrato, deberá obtener autorización escrita del Arrendador, a quien deberá abonar el importe correspondiente.

3.4 El Arrendatario se compromete a devolver el Vehículo al Arrendador en la fecha y en el lugar previsto en el contrato de alquiler. Únicamente se considera el servicio terminado una vez que el Vehículo y las llaves del mismo han sido entregados al Arrendador.

3.5 Si el Arrendatario circula con el contrato caducado y sin autorización del Arrendador, automáticamente quedarán en suspenso los seguros contratados.

4.1 El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:

  1. a)La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y el precio pactado en el contrato de alquiler, correspondiente a duración, seguros, exenciones opcionales, equipamiento opcional y servicios complementarios, según las condiciones aplicadas, así como los impuestos y tasas aplicables.
    b)El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehículo. La responsabilidad máxima del Arrendatario será el valor del Vehículo en el mercado.
    c) La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción a la legislación vigente y aplicable, especialmente la relativa al Código de Circulación y normativa de Transportes, en el que pudiera incurrir el Arrendatario, así como los cargos correspondientes por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que hubiera podido incurrir el Arrendador como consecuencia de lo anterior. Así como el importe de los días que el Arrendador no pueda disponer libremente del vehículo por motivo de embargo, avería o daños causados al mismo durante el arrendamiento imputable al Arrendatario. Todo ello con excepción de los que sea responsable el Arrendador como propietario y titular del Vehículo.

4.2 El pago de los importes señalados en el apartado 4.1 anterior deberá ser realizado mediante tarjeta de crédito o en metálico. En caso de que se efectúe en metálico, el Arrendador se reserva el derecho de poder solicitar al Arrendatario una o más tarjetas de crédito en concepto de garantía. Si el pago de cualquiera de los importes referidos anteriormente se efectúa mediante una tarjeta de crédito o de débito, la firma del arrendatario en el acepto de los términos y condiciones generales del contrato de alquiler, constituye autorización al arrendador para cargar el importe total final del contrato a la cuenta del arrendatario en la entidad emisora de la tarjeta.

4.3 La forma de pago será siempre al contado (efectivo o tarjeta) en el momento de la firma del contrato. Podrá pactarse una forma de pago distinta, cuyas condiciones se deberán reflejar por escrito en el contrato.

4.4 La forma de pago será siempre al contado (efectivo o tarjeta) en el momento de la firma del contrato. Podrá pactarse una forma de pago distinta, cuyas condiciones se deberán reflejar por escrito en el contrato.

5.1 Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del Vehículo que cubre como máximo por víctima y siniestro, las cuantías establecidas reglamentariamente en el momento del accidente; y del Complementario de Responsabilidad Civil, así como las fianzas, defensa jurídica y reclamación de daños, con coberturas limitadas, y todo ello derivado del uso y circulación del Vehículo.

5.2 Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro.

6.1 El desgaste mecánico por el uso normal del Vehículo es asumido por el Arrendador.

6.2 Mantenimiento a cargo del Arrendatario: El Arrendatario asume el mantenimiento del vehículo para su correcto funcionamiento: neumáticos, niveles, líquidos y lubricantes del motor, etc. durante la duración del contrato, además de todo lo que no esté incluido por la garantía ofrecida por la marca o concesionario.

6.3 El Arrendatario no está autorizado a ordenar reparaciones en el Vehículo sin la autorización expresa del Arrendador.

7.1 El vehículo se le entrega con el depósito de combustible lleno. Usted puede optar por devolver el vehículo con el depósito lleno o pagar un cargo para que nosotros lo hagamos, al precio que encontrara en su Contrato de alquiler.

7.2 El combustible consumido por el Vehículo durante el período de alquiler del mismo es por cuenta del Arrendatario.

7.3 El Arrendatario deberá repostar el Vehículo con el tipo de combustible adecuado para el mismo. En caso contrario el Arrendatario será responsable de los gastos ocasionados por el traslado y/o la reparación de los daños que hubieran podido producir en el Vehículo por uso de combustible inadecuado.

7.4 ESi lo desea puede optar por pagar el llenado del depósito de combustible por adelantado para que no tenga que llenarlo usted antes de devolverlo (aunque no se le reembolsará el combustible no utilizado). Pregunte por la Opción de compra de combustible.

7.5 El cargo correspondiente al consumo de combustible con un recargo de 20€ sobre el mismo.

8.1 Cualquier modificación de las clausulas y condiciones del presente contrato deberá constar expresamente por escrito, sin lo cual quedará nula y sin efecto.

9.1 El Arrendatario, sea cual sea su nacionalidad, declara haber leído todas las condiciones del presente contrato y para resolver cualquier duda o disconformidad que pudiera surgir por la interpretación y cumplimentación del mismo, ambas partes renuncian expresamente a sus propios fueros y se someten a los Tribunales de Justicia de Vizcaya.

10.1 Según la LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, artículo 5, debes estar informado del uso y fin de la obtención de tus datos personales, entendido por tales cualesquiera que puedan identificarte (nombre y apellidos, correo electrónico, dirección, etc.). La Universidad de Alcalá se compromete, por tanto, a su cumplimiento y a tratar con la debida rigurosidad los datos de carácter personal que guarda, evitando su alteración, pérdida, tratamiento incorrecto o acceso no autorizado.

SKYRENTAL CAR es sinónimo de crecimiento y desarrollo que estamos demostrando a través de nuestra adquisición y programas de ampliación. Estamos en la tendencia de servicios como alquiler, comunicaciones, transporte, seguros, viajes y excursiones, ventas y servicio de vehículos de motor. Nuestro departamento de alquileres sigue siendo nuestro buque insignia debido a nuestra flota de vehículos , las furgonetas, los coches de diversos tamaños y especificaciones. Nuestros servicios se adaptan a las especificaciones de nuestros clientes y los requisitos y nuestros vehículos están siempre en condiciones de buen manejo. Nuestros otros departamentos trabajan separadamente pero con comunicación, de manera que podemos ofrecer servicios varios.

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